PRIMERA.- La agencia MULTITURISOL S.L. con C.I.F. nº B-54.893.375 ofrece la propiedad, en arrendamiento turístico, para su utilización sólo como vivienda vacacional, la parte arrendataria acepta y declara expresamente ser de su completa conformidad.
La parte arrendataria reconoce que la vivienda arrendada se encuentra en buen estado y al completo de muebles, electrodomésticos, enseres, puertas de acceso, cerraduras, mobiliario fijo, cristales e instalaciones de toda clase, y en igual estado y a plena satisfacción de la propiedad habrá de devolverla a la terminación del presente contrato.
La parte arrendataria se compromete a no superar, en ningún momento la ocupación máxima anunciada (incluyendo niños mayores de 2 años), durante el período de alquiler, todos los cuales deberán cumplir con las condiciones y restricciones impuestas en virtud de este contrato. En caso de sobrepasar el número de personas permitido, Multiturisol SL se reserva el derecho a anular el contrato de inmediato o cobrar una cantidad adicional.
Se debe rellenar y entregar, la hoja adjunta para el registro de viajeros en España, por todos los ocupantes de la vivienda.
SEGUNDA.- El presente contrato de alquiler tendrá una vigencia desde las 16:00 h. del día de llegada y hasta las 10.00 horas del día de salida, haciéndose entrega y devolución de las llaves en ambas fechas.
TERCERA.- Para confirmar la reserva se debe pagar el 50%, mediante transferencia bancaria con abono a la cuenta con IBAN Nº ES73 0081 1575 9300 0136 3438, BIC: BSABESBB del Banco Sabadell, debiendo el inquilino indicar en la misma tanto el nombre de la villa arrendada como las fechas de la reserva.
La fianza y el 50 % restante se puede pagar: o de forma anticipada mediante transferencia, para la entrega de llaves sin contacto, o a la llegada en la oficina en efectivo o con tarjeta.
CANCELACION. Para el caso de que el inquilino decidiese cancelar la reserva si ésta se produjese con una antelación superior a 60 días a la fecha de entrada a la vivienda, éste será penalizado con el 50 % del arrendamiento acordado, siendo esta penalización del 100 %, para el caso de que la cancelación se produjese dentro de los 60 días inmediatamente anteriores a la fecha de entrada antes indicada.
CUARTA.- FIANZA. El día de llegada, la parte arrendataria debe entregar una fianza por importe de 100.-€UROS x número máximo de ocupación de la vivienda turística, dándole a la misma tanto la finalidad prevista en la citada Ley, como también la de responder de todas las obligaciones derivadas del presente contrato, así como la de cubrir el posible exceso de ocupación de huéspedes permitida en la propiedad, y será reintegrada a la arrendataria una vez descontadas las responsabilidades a que haya lugar.
QUINTA.- El día de salida si el arrendatario no desalojase voluntariamente la vivienda turística a las 10:00, dejándola libre, vacua y a disposición de la agencia, conllevará una penalización de CIEN EUROS POR CADA HORA DE RETRASO (100 €/HORA),en concepto de cláusula penal libremente pactada por las partes de conformidad con el artículo 1152 del Código Civil. (Salvo otro pacto previo con la agencia)
La parte arrendataria deberá procurar que toda la basura se lleve, todos los días, a los contenedores municipales instalados en la vía pública. Si se deja basura en la vivienda, se aplicarán cargos por retirarla.
La cocina debe quedar limpia, sin restos de comida y el menaje limpio. La agencia se reserva el derecho de cobrar una tarifa de limpieza de un mínimo de 200 € si la limpieza es necesaria. Esta tarifa se deducirá de la fianza legal antes acordada.
SEXTA.- La agencia MULTITURISOL S.L. se obliga a hacer todo lo posible para garantizar el funcionamiento de todos los servicios publicitados del alojamiento, como acceso a Internet, televisión por cable o satélite, agua caliente, electrodomésticos, etc, según corresponda si bien no se hace responsable de que dichos artículos dejen de funcionar, comprometiéndose a hacer todo lo posible para corregir cualquier contratiempo, a la mayor brevedad.
La parte arrendataria reconoce que el uso de los servicios con que pueda estar dotada la vivienda arrendada, léase, a modo de ejemplo, piscinas, chimeneas, terrazas y similares puede ser potencialmente peligroso e implica riesgos potenciales si se usa incorrectamente, especialmente por los niños, por lo que el uso de dichas instalaciones será siempre bajo su exclusiva cuenta, riesgo y responsabilidad.
La parte arrendataria utilizará la propiedad arrendada sólo para fines residenciales y de manera cuidadosa para evitar cualquier daño o pérdida a la propiedad y mantener la propiedad en condiciones de limpieza y sanitarias adecuadas en todo momento.
La parte arrendataria acepta que el personal de mantenimiento de piscinas y el jardinero puedan acceder al área exterior de la propiedad, sin previo aviso y en horario menos molesto, para el cuidado y limpieza de la piscina y jardinería una o dos veces por semana.
SÉPTIMA.- La parte arrendataria exime de toda responsabilidad al propietario y/o a la agencia MULTITURISOL S.L. por los daños que en las cosas o personas produzcan y se hace responsable, tanto civil como criminalmente, de los daños que se ocasionen.
OCTAVA.- La agencia MULTITURISOL S.L. ni la propiedad se responsabilizan de los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a la arrendataria por casos fortuitos o de fuerza mayor, estimándose como tales las inundaciones, escapes de agua y gas, cortocircuitos, desprendimientos de cualquier elemento del edificio, etc.
Tampoco asume la propiedad ni la agencia MULTITURISOL S.L. ninguna clase de responsabilidad en cuanto a la seguridad de la vivienda ni por los daños que puedan ocasionarse a las personas o cosas existentes en la misma, en caso de incendio, robo, hurto, daños y accidentes de toda clase.
NOVENA.- OBLIGACIONES. La parte arrendataria viene obligada:
a).- A conservar la vivienda arrendada y sus anexos en perfecto estado y con el debido cuidado y a reportar los deterioros que se causen en la vivienda por su culpa o negligencia.
b).- A no desarrollar ni en la vivienda arrendada ni en el resto del inmueble, actividades que perjudiquen a la misma, o que puedan causar incomodidades, molestias o escándalos al vecindario, quedando obligados a observar los usos de la buena vecindad y ordenanzas municipales.
Queda terminantemente prohibido hacer fiestas o ruidos intensos más allá de las 23:00 horas
c).- Hacer uso conveniente y responsable de los medios puestos a su disposición (calefacción, aire acondicionado, etcétera), así como de los electrodomésticos y muebles de que dispone la vivienda.
d).- A permitir el acceso a la vivienda arrendada a la propietaria de la misma o a cualquier otra persona que le represente para inspeccionar el funcionamiento de cualquier servicio o para la comprobación del cumplimiento de las obligaciones contractuales.
e).- A avisar a la agencia, a la mayor brevedad posible, de cualquier incidencia tales como una avería, desperfecto o accidente que pudiera producirse en la vivienda.
Si la agencia inmobiliaria tiene la creencia razonable de que existe un peligro inminente para cualquier persona u objeto en el interior de la propiedad, podrá acceder a la misma sin previo aviso.
f).- A devolver a la finalización del presente contrato la vivienda arrendada en perfecto estado de orden y conservación, como se le entrega a la llegada.
g).- Al cumplimiento de las restantes obligaciones previstas en la legislación arrendataria y en el Código Civil.
h).- Si la parte arrendataria incumpliese las condiciones y obligaciones plasmadas en el presente contrato, deberá abandonar la propiedad, retirar sus pertenencias y devolverla a la propiedad, en buen estado, sin daños, ni basura en la casa, jardín o calle.
DÉCIMA.- OBLIGACIONES DE LA AGENCIA MULTITURISOL S.L.
La agencia MULTITURISOL S.L. se compromete a:
a).- Entregar la vivienda en perfecto estado de uso, habitabilidad, limpieza y seguridad, así como dejar en buen estado de funcionamiento la red eléctrica y el abastecimiento de agua.
b).- Reparar, a la mayor brevedad posible, cualquier posible avería o mal funcionamiento del equipamiento doméstico esencial.
c).- Asegurar no perturbar la tranquilidad de la arrendataria durante el periodo de alquiler de la vivienda arrendada.
DÉCIMO-PRIMERA.- En el caso de que la propiedad no esté disponible para su uso durante el periodo de alquiler debido a razones, eventos o circunstancias totalmente ajenas al agente inmobiliario, éste aplicará la debida diligencia y sus esfuerzos para proporcionar un alojamiento alternativo que iguale o supere la propiedad con respecto a la capacidad de ocupación, ubicación y valor, que cumpla con la satisfacción razonable de la arrendataria.
Si dicha propiedad alternativa no pudiese ser encontrada y puesta a disposición de la arrendataria, el agente inmobiliario devolverá inmediatamente todos los pagos realizados, quedando a partir de dicho momento totalmente resuelto el presente contrato sin que nada más haya que reclamarse entre las partes.
DÉCIMO-SEGUNDA.- La presencia de animales de compañía debe ser acordada previamente a la reserva de la vivienda arrendada y expresamente autorizada por la agencia, en cuyo caso devengará un cargo adicional a favor de la propiedad por importe de SEIS EUROS/NOCHE (6.- €/NOCHE) por animal.
Sin perjuicio del alquiler acordado por las partes en la Cláusula Tercera anterior, además se pactan los siguientes extras y costes
1).- Cunas o tronas: 4.-€/noche/unidad, (a indicar en la reserva)
2).- Persona adicional: 12.-€/noche. (incluye cama supletoria y ropa de cama y toallas) es necesario previa confirmación y autorización de la agencia.
3) Carga coches eléctricos: 25.-€/noche (a indicar en la reserva)
DÉCIMO-TERCERA.- Queda terminantemente prohibido el subarriendo de la vivienda, ya sea total o parcial, así como la cesión de parte de la vivienda arrendada o permitir el uso a otras personas que no sean miembros de la familia o invitados de la arrendataria y que no estén incluidas en la hoja de registro de viajeros , presentada a Multiturisol SL. El incumplimiento de esta cláusula será causa de rescisión del presente contrato de manera inmediata.
DÉCIMO-CUARTA.- RESCISIÓN.- Si alguna condición del presente se considera inválida, el resto del contrato no se verá afectado.
En caso de no cumplir las cláusulas del presente contrato, por cualquiera de ambas partes, este contrato será rescindido con pleno derecho, sin derecho a indemnización alguna por ambas partes.
DECIMO-QUINTA.- Para cualquier duda o diferencia que pudiera surgir en la interpretación o cumplimiento del presente contrato, las partes contratantes se someten expresamente a los Juzgados de Denia y su línea jerárquica superior, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Todos los gastos y costas que se originen ante cualquier incumplimiento contractual serán de cuenta de la parte incumplidora, incluyéndose los honorarios de Letrado y Procurador de la otra parte, aun cuando su intervención no fuese preceptiva.
Y en prueba de conformidad, leído y traducido que ha sido por los comparecientes, y hallado ser fiel expresión de su libre voluntad, se afirman y ratifican en su contenido, redactado sobre 4 folios, una vez pagado el 50% del total del alquiler.
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